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APOSTILLA ELECTRONICA

La Cancillería cuenta con un sistema innovador para que puedas realizar tus trámites normalmente sin moverte de tu casa, en el marco de la pandemia por el COVID-19. Los requerimientos de personas y empresas, quienes requieren la validación internacional de su documentación, nos llevó a la elaboración de un proyecto de certificación de documentación online, adaptando circuitos ya existentes mediante la opción “Trámite a Distancia” - https://tramitesadistancia.gob.ar/

A partir de la tramitación online de las Apostillas y Legalizaciones de documentos de validez internacional, podrás obtener la certificación de tus papeles personales o comerciales conservando las exigencias de legalidad nacional e internacional.

¿Qué necesito?

  • Una PC con acceso a internet.

¿Necesito sacar turno?

  • Durante el tiempo en que estén vigentes las medidas sanitarias y las restricciones de circulación adoptadas por el gobierno nacional, no necesitás turno. Por el momento no estamos haciendo trámites presenciales,

¿Quiénes pueden hacerlo?

¿Qué tipo de documento puedo solicitar para su apostilla o legalización?

  • Documentos públicos emitidos por autoridad u organismos argentinos en soporte electrónico o papel, que se adjunten en formato PDF o JPEG, firmados en forma digital u ológrafa/manuscrita.
  • Documentos emitidos por Representaciones Extranjeras (consulados) acreditadas en Argentina, que contengan firma ológrafa/manuscrita o digital.
  • Documentos emitidos por la Red Consular Argentina (certificado de supervivencia, certificado de residencia, testimonios, entre otros).

¿Tiene costo? 

  • Legalización de partida de estado civil (matrimonio, nacimiento, defunción): $100 (cien pesos)
  • Legalizaciones en general: $300 (trescientos pesos)
  • Apostilla de partidas de estado civil: $300 (trescientos pesos)
  • Apostilla de documentación en general: $300 (trescientos pesos)
  • Habilitación de firma de Funcionario Consular extranjero acreditado en el país: $400 (cuatrocientos pesos)

A.- ¿Cómo puedo hacerlo si el documento es electrónico y tiene firma digital?

  • Hacé clic en “trámites” dos veces y elegí en la barra superior la opción AFIP y pone tus datos
  • Una vez en la página, en la barra de búsqueda tipéa “Apostilla” y seleccioná la segunda opción: “Solicitud de apostilla/Legalización para documentos públicos electrónicos”, luego seleccioná “iniciar trámite
  • Tras ingresar al trámite verifica que tus datos personales estén correctos y hace clic en continuar
  • Marcá el tipo de documento y hacé clic en Completar en “Formulario de Solicitud de Apostilla/Legalización. Ahí, completá el tipo de documento, quien es el titular del documento (la persona que figura en el documento digital que querés legalizar) y qué tipo de legalización solicitás.
  • Si es Apostilla, chequea que el país de destino esté en el detalle desplegado, caso contrario, el trámite a solicitar debe será legalización.
  • En Términos y Condiciones, hacé clic en la barra para indicar “Sí” en Acepto.
  • Luego hacé clic en adjuntar y buscá en tu PC el documento que deseas apostillar o legalizar.
  • Cumplidos los dos primeros pasos, se confirma el trámite y se ingresa a la web en forma directa para elegir el tipo de pago.
  • La forma de pago dependerá de la manera en que está configurada la opción pagos en tu AFIP-VEP. Una vez elegido, deberás ir a la forma de pago seleccionada, “pago mis cuentas” o “homebanking, y desde allí buscar el VEP y pagarlo.
  • IMPORTANTE: Deberás aguardar al menos 72 hs. Aunque diga pendiente de pago, no vuelvas a pagarlo, porque lo que quiere decir es que está pendiente de acreditación.

Ante cualquier inconveniente con el pago (VEP) se deberá realizar una consulta en el siguiente sitio: 

https://incidencias.modernizacion.gob.ar/servicedesk/customer/portal/9 

  • Luego de ese tiempo (de las 72 hs de efectuado el pago), en tu TAD se generará un número de expediente que comienza con las letras “EX”. Con ese número, nosotros en forma directa, verificamos la documentación y la apostillamos o legalizamos, según tu solicitud.
  • En el mismo TAD, te notificaremos la apostilla o legalización adjuntado un documento que comienza con las letras “CE”.
  • Descargá ese documento y podrás ver adjunto (en el clip del PDF) el documento legalizado o apostillado.

Tanto la apostilla/legalización como el documento pueden ser verificados en https://www.argentina.gob.ar/relacionesexterioresyculto/legalizacion-internacional.

Recomendaciones al momento de adjuntar el documento:

  • Todos los datos del documento escaneado deben ser perfectamente legibles para que podamos emitir la apostilla o legalización sin inconvenientes.
  • Al adjuntar la documentación, recordá incluir ambas caras del documento y verificá por favor que la imagen no se encuentre borrosa ni cortada.
  • Escaneá tu documento en orden.
  • No escanees múltiples documentos en un único PDF. Solo se admitirá un documento por vez.
  • El trámite TAD no admite devoluciones ni créditos a favor en caso de error en la gestión. 

De esta manera, podrás obtener tu Apostilla o legalización de Validez Internacional, en pocos pasos, desde tu casa o empresa, con verificación web online oficial y manteniendo los requisitos internacionales.

B.- ¿Cómo puedo hacer si el  documento está impreso en papel y cuenta con firma ológrafa o manuscrita tradicional?

  • Primero obligatoriamente debes enviar un correo electrónico a tadlegalizaciones@mrecic.gov.ar, adjuntando el documento escaneado, en formato legible y completo.
  • Una vez recibido el mail, tomaremos contacto con el emisor del documento para validarlo. Una vez validado, te responderemos el correo electrónico, adjuntando un PDF de autorización.
  • Con esa autorización, podés empezar el trámite completamente de manera electrónica ingresando directamente en: http://tramitesadistancia.gob.ar  
  • Hacé clic en “trámites” dos veces y elegí en la barra superior la opción AFIP y pone tus datos
  • Una vez en la página, en la barra de búsqueda tipéa “Apostilla” y seleccioná la segunda opción: “Solicitud de apostilla/Legalización para documentos públicos electrónicos”, luego seleccioná “iniciar trámite”.
  • Tras ingresar al trámite verifica que tus datos personales estén correctos y hace clic en continuar
  • Marcá el tipo de documento y hacé clic en Completar en “Formulario de Solicitud de Apostilla/Legalización. Ahí, completá el tipo de documento (firma ológrafa/manuscrita), quien es el titular del documento (la persona que figura en el documento papel que querés legalizar) y qué tipo de legalización solicitás.
  • Si es Apostilla, chequea que el país de destino esté en el detalle desplegado, caso contrario, el trámite a solicitar debe será legalización.
  • En Términos y Condiciones, hacé clic en la barra para indicar “Sí” en Acepto.
  • Luego hacé clic en adjuntar y buscá en tu PC el documento que deseas apostillar o legalizar. Adicionalmente, adjunta el PDF de aprobación que te enviamos por correo electrónico, ya que es un requisito obligatorio.
  • Cumplidos los pasos anteriores, se confirma el trámite y se ingresa a la web en forma directa para elegir el tipo de pago.
  • La forma de pago dependerá de la manera en que está configurada la opción pagos en tu AFIP-VEP. Una vez elegido, deberás ir a la forma de pago seleccionada, “pago mis cuentas” o “homebanking, y desde allí buscar el VEP y pagarlo.

IMPORTANTE: Deberás aguardar al menos 72 hs. Aunque diga pendiente de pago, no vuelvas a pagarlo, porque lo que quiere decir es que está pendiente de acreditación.

Ante cualquier inconveniente con el pago (VEP) se deberá realizar una consulta en el siguiente sitio: 

https://incidencias.modernizacion.gob.ar/servicedesk/customer/portal/9

  • Luego de ese tiempo (de las 72 hs de efectuado el pago), en tu TAD se generará un número de expediente que comienza con las letras “EX”. Con ese número, nosotros en forma directa, verificamos la documentación y la apostillamos o legalizamos, según tu solicitud.
  • En el mismo TAD, te notificaremos la apostilla o legalización adjuntado un documento que comienza con las letras “CE”.
  • Descargá ese documento y podrás ver adjunto (en el clip del PDF) el documento legalizado o apostillado.

Tanto la apostilla/legalización como el documento pueden ser verificados en https://www.argentina.gob.ar/relacionesexterioresyculto/legalizacion-internacional.

Recomendaciones al momento de adjuntar el documento:

  • Todos los datos del documento escaneado deben ser perfectamente legibles para que podamos emitir la apostilla o legalización sin inconvenientes.
  • Al adjuntar la documentación, recordá incluir ambas caras del documento y verificá por favor que la imagen no se encuentre borrosa ni cortada.
  • Escaneá tu documento en orden.
  • No escanees múltiples documentos en un único PDF. Solo se admitirá un documento por vez.
  • El trámite TAD no admite devoluciones ni créditos a favor en caso de error en la gestión. 

De esta manera, podrás obtener tu Apostilla o legalización de Validez Internacional, en pocos pasos, desde tu casa o empresa, con verificación web online oficial y manteniendo los requisitos internacionales.

¿ En cúanto tiempo recibo mi apostilla/legalización?

 Los trámites iniciados vía TAD no tienen un plazo específico de resolución, ya que están sujetos al funcionamiento del sistema informático.

El trámite se iniciará para su tramitación solo cuando el TAD otorgue el número de expediente.

Importante: La aceptación de la solicitud de trámite remitido vía TAD queda sujeta a la verificación de la Coordinación de Legalizaciones de la Cancillería Argentina y ,en caso de rechazo, no habilitará reintegro de la tasa abonada.

¿ Solo se  puede Apostillar o Legalizar en Cancillería?

Podes apostillar o legalizar tu documento en todo el país. Se ha celebrado un Convenio entre este Ministerio y el Consejo Federal del Notariado Argentino (CFNA), para que los Colegios de Escribanos del país coloquen la Apostilla, habiliten documentos emitidos por cónsul argentino en el exterior y legalicen documentación con validez internacional, sin necesidad de la intervención del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Se sugiere tomar contacto con los Colegios de Escribanos a fin de conocer los requisitos de los trámites, en cada caso. En la página Web del CFNA, http://www.cfna.org.ar/colegios, se podrán consultar los datos de cada Colegio.

INFORMACIÓN  ÚTIL

Sobre partidas de estado civil emitidas en la Argentina

Las partidas de estado civil emitidas en la Argentina (de nacimiento, matrimonio o defunción) legalizadas, habilitadas o con Apostillano tienen plazo de vencimiento. No obstante, algunas autoridades extranjeras solo las admiten dentro de plazos limitados, por lo que se sugiere tomar contacto con la autoridad extranjera receptora.

Las partidas de estado civil (nacimiento, matrimonio o defunción) de CABA o Provincia de Buenos Aires se apostillan o legalizan solo en su formato digital, pudiendo  tramitarse  vía web en:

https://www.buenosaires.gob.ar/tramites/solicitud-de-partidas

https://www.gba.gob.ar/registrodelaspersonas/solicitud_de_partidas_online

Es importante adjuntar la partida que tiene las siglas CE.

Sobre documentos emitidos por consulados argentinos

De gestionarse un certificado ante un consulado argentino (tal como Certificado de Residencia, Supervivencia, testimonio de poderes, entre otros), la sede consular entregará al solicitante, un documento digital vía mail, habilitado digitalmente por la Cancillería Argentina.

La  legalización de la Cancillería y el certificado consular, pueden obtenerse y validarse ingresando en https://www.argentina.gob.ar/relacionesexterioresyculto/legalizacion-internacional.

 

En lo referido específicamente a los Certificados de Supervivencia, conforme lo indicado por ANSES en https://www.anses.gob.ar/tramite/supervivencia-fe-de-vida el trámite de supervivencia (fe de vida) se encuentra suspendido desde el 1° de marzo..

Sobre copias de documentos

Si querés legalizar o apostillar una copia de un documento, debés primero solicitar la legalización o apostilla del documento original. Luego, podés tramitar una copia fiel que recoja la legalización o apostilla ya hecha, y posteriormente gestionar su legalización o apostilla.

Sobre documentación de estudios realizados en la Argentina

La documentación de estudios realizados en la Argentina (certificado de materias aprobadas, títulos o diplomas, programas de estudios, constancias de cursos realizados, certificaciones de residencias, etc.) deberá contar, para su intervención en este Ministerio, con la debida cadena de legalizaciones, aprobada por el Ministerio de Educación y Deportes o por el Ministerio de Salud de la Nación, según corresponda:

Títulos y certificaciones universitarias

  • Títulos, certificados analíticos y demás certificaciones emitidas por instituciones universitarias con anterioridad al 1º de enero del 2012, deberán ser legalizadas por la DIRECCION DE INFORMACION AL PUBLICO dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA, siempre que cuenten con la previa intervención de la DIRECCION NACIONAL DE GESTION UNIVERSITARIA dependiente de la SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS del entonces MINISTERIO DE EDUCACION Y DEPORTES de la Nación.
  • Títulos, certificados analíticos y demás certificaciones emitidas por instituciones universitarias con posterioridad al 1º de enero del 2012 corresponderá a las Instituciones Universitarias su presentación conforme el procedimiento fijado por la DIRECCION NACIONAL DE GESTION UNIVERSITARIA dependiente de la SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACION Y DEPORTES para su correspondiente verificación y autenticidad, en cada documento en cuestión.
  • CERTIFICADOS DE ESTUDIOS DE NIVEL DE EDUCACION SECUNDARIA Y DE EDUCACION SUPERIOR (no universitarios).
  • Certificados de estudios de nivel de Educación Secundaria y de Educación Superior, emitidos con anterioridad al 1° de enero de 2010 deberán ser legalizados por la autoridad educativa jurisdiccional y por la DIRECCION DE INFORMACION AL PUBLICO dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA.
  • Certificados de estudios de nivel de Educación Secundaria y de Educación Superior, emitidos por el Sistema Federal de Títulos a partir del 1° de enero de 2010, quedan exceptuados de la legalización del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA. Los interesados deberán presentarlos ante el área de títulos de la jurisdicción en la que se encuentre, a fin de verificar su autenticidad y validez confrontando las firmas de las autoridades con las que obran en el Registro Nacional de Firmas Educativas Jurisdiccionales (ReNaFEJu). A dicho Registro acceden los referentes del Sistema Federal de Títulos de todas las jurisdicciones del país y quienes se encuentren habilitados por ellas.

Sobre documentación exigida en idioma extranjero

Si la documentación en original a ser presentada en el exterior es exigida en idioma extranjero, luego de su legalización o Apostilla en este Ministerio, deberá contar con traducción efectuada por Traductor Público y certificada por el Colegio de Traductores Públicos. Cumplidos ambos requisitos, se sugiere que la traducción pública y su certificación por el Colegio de Traductores Públicos sean también intervenidas con legalización o Apostilla, según el caso. 

Se admitirá traducción pública en un documento en copia, cuyo original cuente con legalización o Apostilla de este Ministerio, en tanto dicha copia haya sido efectuada por Escribano Público y certificada por el Colegio de Escribanos respectivo.

Sobre documentación certificada por autoridad provincial

Toda documentación presentada para ser intervenida en este Ministerio que cuente con certificación o legalización de una autoridad provincial, debería ser legalizada previamente por el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda. En el actual contexto de aislamiento, la Cancillería verificará el documento para determinar la necesidad de su participación, de no poder validar el documento por otra vía directa con en el emisor del mismo.

Consulte vía web http://mininterior.gov.ar/tramitesyservicios/legalizaciones-2.php los requisitos para la legalización de firmas, en virtud de la actual situación de pandemia. 

Se recuerda que a partir del 16 de agosto de 2016, las legalizaciones en dicho Ministerio requieren de un turno obtenido en forma online.

 

 

Fecha de actualización: 26/06/2020